AUXILIO

DAÑO PARCIAL DE VIVIENDA O ENSERES

Ocasionados por catástrofes naturales o casos fortuitos.

REQUISITOS

Certificado de tradición del inmueble si la vivienda está a nombre del asociado, dos cotizaciones para la reparación de los daños o pérdidas materiales y/o enseres ocasionados, expedidos por personas y/o entidades competentes, registros fotográficos.

 Para los casos de pérdidas de muebles y/o enseres y el asociado viva en arriendo o en vivienda que no sea de su propiedad deberá soportar con registros fotográficos, declaración juramentada o testigos.

Valor MÁXIMO

hasta máximo 1.5 
SMMLV

PORCENTAJE DE AUXILIO

Máximo 50% del valor de la cotización elegida para la reconstrucción o reposición de los muebles y/o enseres y hasta máximo (1.5) SMMLV