AUXILIO

DAÑO PARCIAL DE VIVIENDA O ENSERES

Para pérdidas materiales ocasionados por catástrofes naturales o casos fortuitos.

REQUISITOS

Certificado de tradición del inmueble si la vivienda está a nombre del asociado, dos cotizaciones para la reparación de los daños o pérdidas materiales y/o enseres ocasionados, expedidos por personas y/o entidades competentes, registros fotográficos.

 Para los casos de pérdidas de muebles y/o enseres y que el asociado viva en arriendo, deberá soportar con contrato de arrendamiento, registros fotográficos, declaración juramentada o testigos. Si vive en zona de invasión, debe solicitar certificado de vecindad expedido por la entidad competente.

 Para los casos donde por inminente riesgo de deslizamiento, inundación o desastre natural, se requiere soportar con registros fotográficos y declaración juramentada o testigos.

 

PORCENTAJE DE AUXILIO

Máximo el 70% de la cotización elegida para la reconstrucción o reposición de los muebles y enseres y hasta máximo 1.5 SMMLV

GASTO MÍNIMO

No aplica